sábado, 14 de mayo de 2011

María Romilda Servini de Cubría - Categoría 1. Jueza de primera instancia




Candidata: María Romida Servini de Cubría

Categoría 1. Jueza de primera instancia

Postulada por: Alberto Bovino





Hasta la sanción de la ley 25.858, los perjuicios del encierro indiscriminado no se restringían a la privación de la libertad de los imputados, muchas veces por irrazonables períodos de tiempo y en condiciones denigrantes. Impactaba además sobre la vigencia de su derecho a participar en el proceso político de elección de representantes.


En primera instancia, la jueza Servini de Cubría rechazó el amparo. Entendió que el régimen electoral debía ser fijado por el Congreso Nacional, cuestión que según su criterio no podían revisar los jueces, y que la autorización para que voten los detenidos originaba múltiples problemas de seguridad carcelaria. Con estos argumentos, cuanto menos inconsistentes, eludió analizar el conflicto de fondo, es decir, la adecuación constitucional de la prohibición establecida en el Código Nacional Electoral, Además, adujo que la detención afectaba la manifestación de la voluntad, en cuanto ésta no sería prestada libremente, confundiendo así la libertad ambulatoria que se restringe con la prisión preventiva, con la voluntad y capacidad de realizar ciertos actos jurídicos que sí conservan las personas que se encuentran en esa condición. En este sentido, el fallo sostiene la concepción de la prisión preventiva como castigo y ratifica la falta de compromiso de algunos jueces con los derechos de las personas.

Más información en la página del CELS


Servini Amparo Derecho a Votar de presos sin condena

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